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Nueva Ley europea de debida diligencia en la cadena de suministro

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Nueva Ley europea de debida diligencia en la cadena de suministro
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Será el 2023, el año en el que entrará en vigor la Ley europea de debida diligencia en la cadena de suministro, con la que se pretende prevenir las violaciones de derechos humanos y de la legislación medioambiental.

Dicha ley se empleará en todos los países europeos con la intención de que se puedan llevar a cabo controles estrictos de las redes de suministro, enfocados específicamente en aspectos medioambientales y sociales. Este representa un reto importante para las empresas, pues las responsabilidades que contempla la normativa van más allá de su propia actividad, y, además, incluyen a todos los proveedores y servicios.

Ley europea de debida diligencia, primero en Alemania

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La nueva ley creará un marco para que las empresas, en primera instancia en Alemania y luego en el resto de Europa, puedan ejercer la debida diligencia en sus redes de valor. Y al respecto, Miebach Consulting, en conjunto con GS1 Alemania, están realizando un estudio que les permitirá descubrir hasta qué punto las empresas alemanas y europeas están preparadas y cuáles son esas medidas que ya han puesto en marcha.

Lo que deben hacer entonces, es examinar cada parte de su cadena de valor. Con esto, eliminarán el posible riesgo de responsabilidad, y, además, garantizar la mitigación de los riesgos que se derivan de los incumplimientos.

¿Cómo saber si la ley europea de debida diligencia aplica en una empresa?

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Es preciso aclarar que los contenidos y requisitos que contempla la ley, incluso abarca a empresas de países que no pertenecen a la Unión Europea. Y para cumplir con la normativa de debida diligencia, las empresas deben:

  • Integrarla a sus estrategias.
  • Identificas todos los efectos negativos o potenciales de los derechos humanos y del medio ambiente.
  • Prevenir o en su defecto mitigar los posibles efectos negativos.
  • Dar por terminados los efectos negativos o reducirlos al mínimo.
  • Crear y mantener una reclamación de caso de vulneración.
  • Verificar la eficacia de la estrategia y las medidas pertenecientes a la debida diligencia.
  • Comunicar de manera pública sobre lo que se está implementando al respecto.

Según el texto redactado por la Unión Europea, las nuevas normas aplicarán para estas empresas:

De la Unión Europea

  • Grupo 1: todas las empresas de responsabilidad limitada de la Unión, que posean más de 500 empleados y que su volumen de negocio de superior a los 150 millones de euros.
  • Grupo 2: empresas de responsabilidad limitada, que ejercen actividades en sectores de gran impacto. Que, además, tengan más de 250 empleados y un volumen de negocio superior a los 40 millones de euros bruto a nivel mundial.

De países extracomunitarios

Que tengan actividades en la UE con un umbral de volumen de negocios dentro de la Unión Europea correspondiente a los grupos 1 y 2.

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