La primera ley para zonas francas fue promulgada en 2005, dado que ya existían alrededor de 10 zonas de este tipo. Pero desde ese entonces, se ha expedido una reglamentación más completa basada en el decreto de zonas francas. Cabe mencionar que el último decreto en publicarse fue el 279 de 2021, que, aún no ha sido reglamentado por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Nicolás Potdevin, socio del área de Aduanas de Gómez Pinzón Abogados explicó que:
“Este decreto que fue llamado en su momento por el Gobierno como el 4.0, modificó varios aspectos del 2147, que era el anterior, entre los que se encuentran temas de requisitos y prórrogas. También mejoró los mecanismos de adición y extensión de áreas de zonas francas e introdujo dos grandes figuras que son los aeropuertos y los ferrocarriles”.
Y es que, según el abogado, al no estar reglamentado aún, el decreto no ofrece ningún beneficio a las zonas francas de Colombia. Pues, según él, puede considerarse como letra muerta dado que aún se desconoce si esa reglamentación va a salir antes de que termine este Gobierno. Y que, definitivamente, hasta que eso no suceda, no podrá entrar en vigor.
Decreto de zonas francas, alineado con las nuevas tendencias industriales
Cabe mencionar que el decreto 2147 de 2016 es el que actualmente rige para las 122 zonas francas del país. Y que el 278 conocido como 4.0 no lo derogó, sino que más bien lo modificó al adicionarle algunos aspectos.
Por su parte, Oswaldo Barrera, quien es socio de Barrera Abogados, comentó que el decreto cuenta con una serie de innovaciones que son importantes para los empresarios de las zonas francas, además, explicó que:
“Este decreto busca estar alineado con las nuevas tendencias industriales, de servicios y tecnología. Esto con el fin de que Colombia se posicione a nivel regional y así poder atraer inversión extranjera directa y generar empleo y economías de escala”.
Beneficios del decreto de zonas francas 4.0
Cabe destacar que, entre las novedades respecto a las normas anteriores, existen ciertos beneficios para los empresarios que anteriormente no se tenían contemplados. Según Barrera, el decreto les permitió a los inversionistas poder obtener una reducción cercana al 15% en las inversiones que tienen que realizar para solicitar la prórroga. Y que, además, se redujeron los requisitos para declaratorias y prórrogas, lo que significa que ahora ya no son 57 sino 24.
Finalmente, el decreto reduce los tiempos necesarios para las declaratorias y las evaluaciones de las prórrogas, al pasar de 18 a 6 meses. Esto permite que los empresarios puedan tener una respuesta en menos tiempo por parte del Gobierno.