La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado parcialmente las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE). Estas fueron implementadas por el Ayuntamiento de Madrid. Aunque la decisión del tribunal aún no es definitiva, el Ayuntamiento dispone de 30 días para presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Mientras tanto, las restricciones a la circulación de vehículos en la almendra central de la capital seguirán vigentes hasta que el Supremo emita un fallo.
Zonas de Bajas Emisiones
La sentencia se centra en ciertos aspectos de la Ordenanza de Movilidad que regulaba las Zonas de Bajas Emisiones. En concreto, anula las disposiciones que definen la ZBE en todo el municipio de Madrid y las que crean dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDPE): «Distrito Centro» y «Plaza Elíptica». No obstante, el resto de la normativa se mantiene en vigor.
El fallo judicial responde a una parte de los argumentos presentados por el Grupo Municipal Vox, liderado por Javier Ortega Smith. El TSJM coincide con este grupo en que los informes previos a la aprobación de la Ordenanza eran insuficientes, especialmente el informe de impacto económico, considerado «manifiestamente insuficiente» por el tribunal.
Uno de los puntos clave de la resolución es el impacto de las restricciones de tráfico en los colectivos con menos recursos económicos. La sentencia señala que las medidas adoptadas por el Ayuntamiento afectan negativamente a aquellos que tienen más dificultades para adquirir vehículos que cumplan con las exigencias medioambientales. Por ejemplo, los autónomos, microempresas y pequeñas y medianas empresas (pymes).
Esto es especialmente relevante en la ZBE de Plaza Elíptica, un área por donde acceden a la ciudad miles de vehículos profesionales. Las restricciones, que prohíben la circulación de vehículos sin distintivo ambiental o con etiqueta de tipo A, tienen un efecto directo sobre la competencia y el mercado, según la normativa del Área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento, encabezada por Borja Carabante.
El tribunal concluye que la aprobación de la Ordenanza no respetó el principio de proporcionalidad, tal y como lo exige el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y el Tribunal Supremo en materia medioambiental. Esto significa que no se consideraron adecuadamente las repercusiones económicas que las restricciones podrían tener sobre las empresas que operan en la capital.
Apoyo de Vox
Esta decisión judicial refuerza una de las principales causas defendidas por Vox desde 2019. En ese momento, José Luis Martínez-Almeida asumió la alcaldía con el apoyo de este partido. Parte del acuerdo consistía en modificar las políticas de movilidad de Madrid. Esto incluyendo el retiro de las restricciones impuestas por el anterior gobierno de Manuela Carmena bajo el nombre de «Madrid Central».